Alimentos Funcionales

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19 de Abril de 2010.- La principal función de la dieta es aportar los nutrientes necesarios  para satisfacer las necesidades nutricionales de las personas. Existen cada vez más pruebas científicas que apoyan la hipótesis d que ciertos alimentos, así como algunos de sus componentes básicos, tienen efectos físicos y psicológicos beneficiosos, gracias al aporte de los nutrientes básicos. Se ha descubierto que muchos productos alimenticios tradicionales, como las frutas, verduras, la soja, los granos enteros y la leche, contienen determinados componentes que pueden resultar beneficiosos para la salud.

¿Qué son los alimentos funcionales?

 Este concepto nació en Japón. En los años 80, las autoridades sanitarias japonesas se dieron cuenta de que para controlar los gastos sanitarios, generados por la mayor esperanza de vida de la población anciana, había que garantizar también una mejor calidad de vida. Se introdujo un nuevo concepto de alimentos, que se desarrollaron específicamente para mejorar la salud y reducir el riesgo de contraer enfermedades.

En la legislación europea no han sido definidos hasta el momento. Generalmente se considera que son aquellos alimentos que se consumen como parte de una dieta normal y contienen componentes biológicamente activos, que ofrecen beneficios para la salud y reducen el riesgo de contraer enfermedades.

¿Por qué necesitamos los alimentos funcionales?

En Europa ha aumentado considerablemente el interés de los consumidores por conocer la relación que existe entre la dieta y la salud. Hoy en día, la gente reconoce en mayor medida que lleva run estilo de vida sano, incluida la dieta, puede contribuir a reducir el riesgo de padecer enfermedades y dolencias, y a mantener el estado de salud y bienestar. El apoyo que se está dando a la importancia de los alimentos como las frutas, verduras o cereales integrales en la prevención de enfermedades, así como las últimas investigaciones sobre los antioxidantes dietéticos y sobre la combinación de sustancias protectoras en plantas, está contribuyendo a impulsar el desarrollo del mercado de los alimentos funcionales en Europa.

La necesidad de contar con alimentos que sean beneficiosos para la salud, también se ve apoyada por los cambios socioeconómicos y demográficos que se están dando en la población. El aumento de la esperanza de vida, que tiene como consecuencia el incremento de la población anciana y el deseo de gozar de una mayor calidad de vida, así como el aumento de los costes sanitarios, han potenciado que los gobiernos, los investigadores, los profesionales de la saludy la industria alimentaria, busquen la manera de controlar estos cambios de una manera eficaz. Ya existen una gran variedad de alimentos a disposición del consumidor, pero en estos momentos la prioridad es identifiar qué alimentos funcionales pueden mejorar la salud y el bienestar y reducir el riesgo o retrasar la aparición de importantes enfermedades.

¿Cómo están reguladas las «alegaciones de salud»?

Se está trabajando para encontrar maneras de establecer una base científica que apoye las alegaciones beneficiosas que se asocian a los componentes funcionales o los alimentos que los contienen. Sería necesario un marco regulador que protegiera a los consumidores de las atribuciones de propiedades falsas o confusas, y que además pudiera responder a las necesidades de la industria en cuanto a la innovación en el desarrollo de productos, su comercialización y promoción. Para que los alimentos funcionales puedan aportar todos los beneficios posibles para la salud pública, los consumidores tienen que comprender bien y confiar en los criterios científicos utilizados para documentar sus efectos y atribuciones beneficiosas.

Japón está por delante del resto del mundo en este aspecto. En 1991, se estableció el concepto de «Alimentos para Uso Específico en la Salud». Los alimentos que se incluyan dentro de esta categoría, deben de ser autorizados por el Ministerio de Salud, tras la presentación de pruebas exhaustivas con fundamento científico que apoyen la alegación relativa a las propiedades de dichos alimentos, cuando con consumidos como parte de la dieta ordinaria.

En la UE no existe una legislación armonizada sobre las «alegaciones de salud» y por lo tanto las cuestiones relativas a estas alegaciones, se resuelven a nivel nacional. El reto de los estados miembros es conseguir, bajo el marco regulador existente, que los mensajes que se comunican no hagan ninguna referencia a que dichos alimentos pueden reducir el riesgo de padecer enfermedades, incluso aunque existan pruebas científicas que avalen dichas afirmaciones.

Fuente: *EUFIC